Como abogado especializado en delitos contra la seguridad vial, he defendido numerosos casos en el rango de 047-098 mg/L, logrando cinco absoluciones consecutivas en casos de alcoholemia que parecían perdidos de antemano. Entiendo perfectamente la angustia que sientes al ver las luces de un control policial cuando has tomado «solo una copa». Ese nudo en el estómago mientras soplas en el etilómetro, la incredulidad al ver el resultado positivo y el miedo a perder tu carnet, tu trabajo o incluso tu libertad.
Te prometo que existen estrategias legales efectivas para enfrentar una acusación por alcoholemia, incluso con tasas en el rango de 047-098 mg/L. En este artículo, analizaré detalladamente cinco casos reales donde conseguimos absoluciones, explicando los errores procedimentales, fallos en los etilómetros y garantías legales que pueden marcar la diferencia en tu defensa.
El impacto real de dar positivo en un control de alcoholemia entre 047-098 mg/L
Cuando un conductor da positivo en un control con tasas entre 047-098 mg/L, se encuentra en una zona particularmente compleja desde el punto de vista legal. Esta franja merece un análisis detallado porque representa un umbral donde la interpretación judicial puede inclinarse hacia la absolución o la condena, dependiendo de múltiples factores.
En mi experiencia defendiendo casos de alcoholemia, he observado que este rango específico genera confusión tanto en los conductores como en algunos operadores jurídicos. ¿Por qué? Porque nos encontramos cerca del límite administrativo (0,5 mg/L en aire espirado para conductores generales) pero potencialmente dentro del ámbito penal si se demuestran signos de afectación en la conducción.
Aquí viene lo que nadie te cuenta tras un control de alcoholemia: la medición técnica es solo uno de los elementos que se valoran en el procedimiento penal. Los tribunales examinan también:
- Signos externos de embriaguez documentados por los agentes
- Forma de conducción previa a la detención
- Comportamiento durante el control
- Resultados de las pruebas de coordinación
- Cumplimiento estricto del protocolo de medición
Las consecuencias de un positivo en este rango pueden variar desde una sanción administrativa (multa y pérdida de puntos) hasta un procedimiento penal con posible condena que implique pena de prisión, multa, trabajos comunitarios y retirada del carnet de conducir, además de antecedentes penales que pueden afectar seriamente tu futuro laboral y personal.
Análisis de cinco absoluciones consecutivas en casos de alcoholemia: patrones comunes
Durante mi trayectoria profesional, he logrado cinco absoluciones consecutivas en casos de alcoholemia con tasas entre 047-098 mg/L. Estos casos presentan patrones comunes que merecen un análisis detallado para comprender mejor las posibilidades de defensa.
Caso 1: Fallo en el procedimiento de verificación del etilómetro (047 mg/L)
En este primer caso, mi cliente dio un resultado de 0,47 mg/L en aire espirado. La acusación parecía sólida porque el atestado incluía referencias a «habla pastosa» y «ligero olor a alcohol». Sin embargo, durante la preparación de la defensa, detectamos que el certificado de verificación periódica del etilómetro había caducado tres semanas antes del control.
La Orden ITC/3707/2006 establece claramente que estos dispositivos deben someterse a verificaciones periódicas anuales. Al cuestionar la fiabilidad técnica del instrumento, conseguimos que el juez declarara nula la prueba de alcoholemia, resultando en absolución.
Este caso demuestra la importancia de revisar minuciosamente toda la documentación técnica relacionada con el etilómetro, algo que muchos abogados no especializados en alcoholemia suelen pasar por alto.
Caso 2: Incumplimiento del tiempo de espera reglamentario (056 mg/L)
Mi cliente fue sometido a un control rutinario, arrojando un resultado de 0,56 mg/L. El atestado policial indicaba que la primera prueba se realizó a las 02:17 y la segunda a las 02:25, con solo 8 minutos de diferencia.
La normativa (RD 1428/2003) establece que debe respetarse un intervalo mínimo de 10 minutos entre ambas mediciones. Este requisito no es una mera formalidad, sino una garantía científica para asegurar la fiabilidad de los resultados.
Durante el juicio rápido por alcoholemia, presentamos jurisprudencia que confirmaba la necesidad de respetar escrupulosamente este intervalo. El juez consideró que se había vulnerado una garantía esencial del procedimiento, declarando nula la prueba y absolviendo a mi cliente.
Caso 3: Ausencia de signos de influencia en la conducción (078 mg/L)
Este caso resultó particularmente interesante. Mi cliente dio un resultado de 0,78 mg/L, una tasa que suele considerarse claramente delictiva. Sin embargo, el atestado policial no recogía ningún signo externo de embriaguez ni maniobras irregulares previas a la detención.
El artículo 379.2 del Código Penal tipifica dos modalidades de delito: conducir bajo la influencia del alcohol (que requiere demostrar esa influencia) o hacerlo con una tasa superior a 0,60 mg/L (delito objetivo). Sin embargo, en este caso, pudimos demostrar que:
- El etilómetro presentaba un margen de error técnico de ±7,5% según su fabricante
- Aplicando este margen, la tasa podría estar por debajo del límite penal objetivo
- No existían pruebas de influencia en la conducción
El tribunal, aplicando el principio in dubio pro reo, absolvió a mi cliente al no poder establecerse con certeza que superara el umbral penal objetivo ni que su conducción estuviera influenciada.
Caso 4: Ruptura de la cadena de custodia del ticket (063 mg/L)
En este caso, mi cliente arrojó un resultado de 0,63 mg/L, ligeramente por encima del umbral penal objetivo. Durante la vista oral, solicitamos que se exhibiera el ticket original del etilómetro, descubriendo que no se había incorporado correctamente al atestado.
El agente testificó que había guardado el ticket en un sobre que luego se adjuntó al atestado, pero en el juzgado solo aparecía una fotocopia de calidad deficiente. Esta irregularidad en la cadena de custodia de una prueba fundamental fue determinante para cuestionar su validez.
El juez consideró que no podía darse valor probatorio a una fotocopia cuyo original no estaba disponible, especialmente cuando se trataba de la prueba principal de cargo. Resultado: absolución.
Caso 5: Falta de información sobre el derecho a prueba de contraste (098 mg/L)
El último caso involucró una tasa de 0,98 mg/L, considerablemente alta. Sin embargo, durante la preparación de la defensa, detectamos que no se había informado adecuadamente a mi cliente sobre su derecho a solicitar una prueba de contraste en un centro médico (análisis de sangre).
El artículo 796.1.7ª de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece claramente este derecho, y su omisión constituye una vulneración del derecho de defensa. Aunque los agentes afirmaron haberle informado verbalmente, no constaba por escrito en ningún documento firmado por mi cliente.
Este detalle, aparentemente menor, fue suficiente para que el juez considerara vulnerado un derecho fundamental del investigado, decretando la nulidad de la prueba y la consecuente absolución.
Errores procedimentales comunes en controles de alcoholemia entre 047-098 mg/L
Los cinco casos anteriores ilustran algunos de los errores procedimentales que pueden invalidar un control de alcoholemia. Sin embargo, existen muchos otros fallos que he detectado en mi práctica profesional defendiendo casos de alcoholemia. Veamos los más frecuentes:
Deficiencias en la calibración y verificación del etilómetro
Los etilómetros son instrumentos de medición que requieren un mantenimiento riguroso para garantizar su precisión. La normativa española (Orden ITC/3707/2006) establece:
- Verificación primitiva: antes de su puesta en servicio
- Verificaciones periódicas: anualmente
- Calibraciones: según especificaciones del fabricante
Cualquier irregularidad en estos procesos puede invalidar los resultados. En mi experiencia, aproximadamente un 15% de los casos de alcoholemia presentan alguna deficiencia en este aspecto, especialmente en etilómetros con varios años de uso.
Este paso marca toda la diferencia en tu defensa: solicitar siempre los certificados de verificación y calibración del etilómetro utilizado, comprobando meticulosamente sus fechas de validez.
Incumplimiento de los tiempos de espera reglamentarios
La normativa exige:
- Un periodo de reposo previo de al menos 10 minutos antes de la primera medición
- Un intervalo mínimo de 10 minutos entre la primera y segunda medición
Estos tiempos no son caprichosos, sino que tienen una base científica: permiten la eliminación del alcohol residual en la boca y garantizan mediciones más precisas del alcohol alveolar. He observado que en controles realizados en horas punta o con múltiples conductores, los agentes a veces acortan estos tiempos para agilizar el procedimiento, comprometiendo su validez legal.
Defectos en la información de derechos
Todo conductor sometido a un control de alcoholemia tiene derecho a:
- Ser informado del motivo del control
- Conocer los resultados de las pruebas realizadas
- Solicitar una prueba de contraste (análisis de sangre)
- Ser asistido por un abogado en caso de detención
La omisión de cualquiera de estos derechos puede suponer una vulneración del derecho de defensa. En particular, he comprobado que muchos conductores no son adecuadamente informados sobre la posibilidad de solicitar un análisis de sangre como prueba de contraste.
¿Te acusan de alcoholemia entre 047-098 mg/L? Claves legales que debes conocer
Si te encuentras enfrentando una acusación por alcoholemia en este rango crítico, existen varias claves legales fundamentales que debes conocer para articular una defensa efectiva:
La doble vía: administrativa vs. penal
Con tasas entre 047-098 mg/L, te encuentras en una zona donde pueden aplicarse dos tipos de procedimientos:
- Vía administrativa: Para tasas entre 0,25 y 0,60 mg/L (conductores generales) sin signos de influencia en la conducción. Conlleva multa de 500€ y pérdida de 4 a 6 puntos del carnet.
- Vía penal: Cuando existen signos de influencia en la conducción o se superan los 0,60 mg/L. Implica penas de prisión de 3 a 6 meses, multa, trabajos comunitarios, retirada del carnet de 1 a 4 años y antecedentes penales.
En mi opinión como abogado experto en delitos por alcoholemia, lo más importante es cuestionar desde el primer momento si el caso debe tramitarse por vía penal o administrativa, especialmente en tasas cercanas al límite como 0,60-0,65 mg/L, donde el margen de error técnico puede ser determinante.
El valor probatorio del atestado policial
El atestado policial no constituye prueba de cargo suficiente por sí mismo. Según reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo, tiene valor de mera denuncia y debe ser ratificado en el juicio oral por los agentes intervinientes.
Elementos clave a cuestionar en el atestado:
- Descripción de signos externos de embriaguez (a menudo genéricos y estandarizados)
- Documentación técnica del etilómetro utilizado
- Cumplimiento del protocolo de medición
- Información sobre derechos del conductor
He ganado numerosos casos de alcoholemia demostrando contradicciones entre lo reflejado en el atestado y lo declarado por los agentes en el juicio, especialmente en lo referente a signos externos de embriaguez.
Márgenes de error técnico en etilómetros
Un aspecto crucial en casos con tasas cercanas al límite penal (0,60 mg/L) es el margen de error técnico de los etilómetros. Según la normativa aplicable:
- Los etilómetros evidenciales tienen un margen de error máximo permitido de ±7,5% para concentraciones inferiores a 0,400 mg/L y de ±5% para concentraciones superiores
- Este margen debe aplicarse siempre a favor del investigado (in dubio pro reo)
Esto significa que una lectura de 0,63 mg/L podría corresponder realmente a una tasa de 0,58 mg/L aplicando el margen de error, situándose por debajo del umbral penal objetivo.
¿Sabías que una mala praxis policial puede anular toda la prueba? En mi experiencia, aproximadamente un 30% de los controles de alcoholemia presentan alguna irregularidad procedimental que puede ser aprovechada para la defensa.
Estrategias de defensa efectivas en casos de alcoholemia entre 047-098 mg/L
Tras analizar cinco absoluciones consecutivas en casos de alcoholemia, puedo compartir las estrategias de defensa más efectivas que he desarrollado a lo largo de mi carrera:
Cuestionamiento de la fiabilidad técnica del etilómetro
Esta estrategia se centra en atacar la fiabilidad del instrumento de medición:
- Solicitar mediante diligencias previas toda la documentación técnica del etilómetro: certificados de verificación primitiva, verificaciones periódicas, calibraciones y libro de mantenimiento
- Comprobar si el modelo está homologado y aparece en el Boletín Oficial del Estado
- Verificar si se han respetado los periodos de mantenimiento recomendados por el fabricante
- Analizar posibles interferencias (temperatura ambiente extrema, campos electromagnéticos, etc.)
En casos con tasas entre 0,60 y 0,65 mg/L, aplicar el margen de error técnico puede situar la medición por debajo del umbral penal objetivo, logrando que el caso se derive a la vía administrativa.
Impugnación del procedimiento de medición
Esta estrategia se enfoca en detectar irregularidades en el procedimiento seguido por los agentes:
- Verificar el cumplimiento del periodo de reposo previo (10 minutos)
- Comprobar el intervalo entre mediciones (mínimo 10 minutos)
- Analizar si se realizó correctamente la prueba de contraste con aire ambiente
- Revisar si se informó adecuadamente sobre el derecho a prueba alternativa en centro médico
Cualquier desviación del protocolo establecido puede suponer la nulidad de la prueba. He obtenido absoluciones en casos donde los agentes acortaron el tiempo entre mediciones a 7-8 minutos por la presión de realizar múltiples controles.
Contradicción de los signos externos de embriaguez
En tasas entre 047-098 mg/L, los signos externos de embriaguez son fundamentales para determinar si existe influencia en la conducción:
- Solicitar grabaciones de cámaras corporales de los agentes o cámaras de tráfico
- Presentar testigos que puedan contradecir lo reflejado en el atestado
- Cuestionar la objetividad de las descripciones genéricas («habla pastosa», «ojos brillantes»)
- Aportar informes médicos que justifiquen síntomas atribuidos erróneamente al alcohol (problemas de equilibrio, dicción, etc.)
He logrado absoluciones demostrando que los signos descritos en el atestado eran incompatibles con la tasa detectada o podían atribuirse a otras causas (cansancio, medicación, nerviosismo).
Ruptura de la cadena de custodia
Esta estrategia busca cuestionar la integridad de las pruebas:
- Verificar la correcta conservación de los tickets originales del etilómetro
- Comprobar que los resultados reflejados en el atestado coinciden exactamente con los tickets
- Analizar posibles alteraciones o manipulaciones de las pruebas
En varios casos, he conseguido que se declararan nulas pruebas por no poder presentarse los tickets originales o por discrepancias entre estos y lo reflejado en el atestado.
El factor tiempo en la defensa: momentos clave tras un positivo en alcoholemia
En casos de alcoholemia con tasas entre 047-098 mg/L, el tiempo juega un papel crucial. Existen momentos clave donde las acciones tomadas pueden determinar el resultado final del procedimiento:
Durante el control policial (primeras horas)
Las primeras horas tras el control son fundamentales:
- Solicitar copia del ticket del etilómetro
- Ejercer el derecho a prueba de contraste en centro médico (análisis de sangre)
- Tomar nota de posibles testigos presentes durante el control
- No firmar declaraciones sin asesoramiento legal
- Solicitar que consten en el atestado circunstancias favorables (colaboración, ausencia de maniobras peligrosas, etc.)
Lo que suelo recomendar a mis clientes en estos casos es no firmar declaraciones precipitadas sin asesoramiento y solicitar siempre la prueba de contraste en centro médico, especialmente con tasas cercanas al límite penal.
Fase previa al juicio rápido (72 horas – 15 días)
En este periodo, es crucial:
- Contactar con un abogado especializado en alcoholemia
- Recopilar pruebas favorables (testigos, grabaciones, informes médicos)
- Solicitar diligencias previas para acceder a la documentación técnica del etilómetro
- Preparar una estrategia de defensa específica según las circunstancias del caso
La rapidez del procedimiento (juicio rápido) hace que muchos acusados lleguen a la vista oral sin una defensa adecuadamente preparada. Contar con un abogado especializado desde el primer momento puede marcar la diferencia entre una condena y una absolución.
Durante el juicio rápido por alcoholemia
En la vista oral, es fundamental:
- Cuestionar técnicamente la fiabilidad del etilómetro
- Interrogar a los agentes sobre el cumplimiento del protocolo
- Contrastar sus declaraciones con lo reflejado en el atestado
- Presentar pruebas alternativas que contradigan la acusación
En mi experiencia, muchos juicios rápidos por alcoholemia se resuelven favorablemente cuando se demuestra que no se siguió escrupulosamente el protocolo de medición o existen dudas sobre la fiabilidad técnica del resultado.
Impacto de las absoluciones en casos de alcoholemia: jurisprudencia y precedentes
Las cinco absoluciones consecutivas en casos de alcoholemia que he analizado no son hechos aislados, sino que reflejan una tendencia jurisprudencial que prioriza las garantías procesales y la fiabilidad técnica de las pruebas en estos procedimientos.
La jurisprudencia reciente ha establecido criterios claros respecto a varios aspectos clave:
Sobre la necesidad de signos externos en tasas cercanas al límite
Los tribunales han establecido que, en tasas cercanas al límite penal objetivo (0,60 mg/L), la mera superación numérica no es suficiente para una condena si no se acreditan signos externos de afectación en la conducción.
Esto es particularmente relevante en el rango 047-098 mg/L, donde muchas condenas se basan exclusivamente en la superación del umbral numérico sin una valoración adecuada de la influencia real en la conducción.
Sobre los márgenes de error técnico
La jurisprudencia ha consolidado la obligación de aplicar los márgenes de error técnico de los etilómetros a favor del investigado, siguiendo el principio in dubio pro reo.
Esto significa que, en casos con tasas entre 0,60 y 0,65 mg/L, la aplicación del margen de error puede situar el resultado por debajo del umbral penal objetivo, derivando el caso a la vía administrativa.
Sobre el valor probatorio del atestado
Los tribunales han reiterado que el atestado policial tiene valor de mera denuncia y debe ser ratificado en el juicio oral por los agentes intervinientes para adquirir valor probatorio.
Esto abre la puerta a cuestionar aspectos como la descripción de signos externos de embriaguez, que a menudo se realizan mediante formularios estandarizados con escasa individualización.
Cómo TopAlcoholemias defiende casos con tasas entre 047-098 mg/L
En mi despacho especializado en delitos contra la seguridad vial, hemos desarrollado un protocolo específico para defender casos de alcoholemia en el rango crítico de 047-098 mg/L, que ha demostrado su eficacia con cinco absoluciones consecutivas.
Nuestro enfoque se basa en tres pilares fundamentales:
Análisis técnico exhaustivo
Realizamos un análisis técnico completo que incluye:
- Revisión de la documentación técnica del etilómetro
- Verificación del cumplimiento del protocolo de medición
- Aplicación de márgenes de error técnico
- Comprobación de posibles interferencias en la medición
Para esto, colaboramos con peritos especializados en metrología que pueden certificar posibles irregularidades en los equipos de medición.
Cuestionamiento jurídico del procedimiento
Analizamos minuciosamente el procedimiento seguido desde el momento del control:
- Verificación del motivo del control (aleatorio, infracción previa, etc.)
- Comprobación de la correcta información de derechos
- Análisis de la cadena de custodia de las pruebas
- Revisión de posibles vulneraciones de derechos fundamentales
Desde mi experiencia, un error en el procedimiento del etilómetro puede ser clave para lograr una absolución, especialmente en casos con tasas cercanas al límite penal.
Estrategia procesal personalizada
Diseñamos una estrategia procesal adaptada a las circunstancias específicas de cada caso:
- Evaluación de la conveniencia de conformidad vs. defensa plena
- Preparación exhaustiva del interrogatorio a los agentes
- Aportación de pruebas alternativas (testigos, informes médicos, etc.)
- Planteamiento de cuestiones previas sobre aspectos procedimentales
Cuando una persona llega al despacho tras dar positivo, lo primero que explicamos es el impacto que puede tener sobre su carné y sus antecedentes, así como las posibilidades reales de defensa según las circunstancias específicas de su caso.
Consecuencias reales de una absolución en casos de alcoholemia
Lograr una absolución en un caso de alcoholemia con tasas entre 047-098 mg/L tiene importantes consecuencias prácticas y jurídicas para el acusado:
Efectos inmediatos
- Recuperación del carnet de conducir (si estaba retirado cautelarmente)
- Ausencia de antecedentes penales, fundamentales para determinados empleos
- Eliminación de restricciones para viajar a ciertos países
- Ahorro económico en multas, cursos de reeducación y seguros
Para muchos de mis clientes, especialmente aquellos cuyo trabajo depende de la conducción, una absolución significa literalmente salvar su medio de vida.
Efectos a largo plazo
- Preservación de la carrera profesional, especialmente en sectores como transporte, seguridad o función pública
- Mantenimiento de seguros a precios normales (sin recargos por condenas de tráfico)
- Evitación del estigma social asociado a condenas por alcoholemia
- Prevención de la reincidencia, que conllevaría penas mucho más severas
Más allá de evitar las consecuencias legales inmediatas, una absolución permite al conductor mantener intacto su historial y evitar el círculo vicioso de agravamiento de penas que supone la reincidencia en este tipo de delitos.
Conclusiones: Lecciones aprendidas del análisis de cinco absoluciones consecutivas en casos de alcoholemia
Tras analizar detalladamente cinco absoluciones consecutivas en casos de alcoholemia con tasas entre 047-098 mg/L, podemos extraer varias conclusiones fundamentales:
En primer lugar, los controles de alcoholemia no son infalibles. Presentan vulnerabilidades técnicas, procedimentales y jurídicas que pueden ser aprovechadas para articular una defensa efectiva. La mera superación de una tasa determinada no garantiza una condena si existen irregularidades en el procedimiento o dudas sobre la fiabilidad de la medición.
En segundo lugar, la franja entre 047-098 mg/L representa un rango crítico donde la interpretación judicial puede inclinarse hacia la absolución o la condena dependiendo de múltiples factores. No es lo mismo una tasa de 0,61 mg/L sin signos externos de embriaguez que una de 0,95 mg/L con conducción errática y claros síntomas de afectación.
En tercer lugar, contar con un abogado especializado en delitos contra la seguridad vial marca una diferencia sustancial en el resultado del procedimiento. La defensa en casos de alcoholemia requiere conocimientos técnicos específicos sobre metrología, procedimientos policiales y jurisprudencia especializada que no todos los letrados poseen.
Por último, actuar rápidamente tras un control positivo es esencial. Desde solicitar pruebas de contraste hasta preservar evidencias favorables, las primeras horas tras el control son cruciales para construir una defensa sólida.
Si te enfrentas a una acusación por alcoholemia, recuerda que existen opciones de defensa efectivas incluso en casos que parecen perdidos de antemano. No te resignes a una condena automática y busca asesoramiento especializado lo antes posible.
Preguntas frecuentes sobre casos de alcoholemia entre 047-098 mg/L
¿Qué pasa si doy positivo en un control de alcoholemia con una tasa entre 047-098 mg/L?
Si das positivo con una tasa en este rango, las consecuencias dependerán de varios factores. Con tasas entre 0,47 y 0,60 mg/L sin signos de influencia en la conducción, enfrentarás un procedimiento administrativo con multa de 500€ y pérdida de 4-6 puntos. Si la tasa supera los 0,60 mg/L o existen signos de embriaguez, se iniciará un procedimiento penal que puede resultar en prisión de 3-6 meses, multa, trabajos comunitarios, retirada del carnet de 1-4 años y antecedentes penales. Es fundamental contar con asesoramiento legal especializado inmediatamente para evaluar las opciones de defensa según las circunstancias específicas del caso.
¿Puedo evitar que me retiren el carnet si me acusan por alcoholemia con una tasa entre 047-098 mg/L?
Sí, es posible evitar la retirada del carnet incluso con una acusación por alcoholemia en este rango. Las estrategias incluyen cuestionar la fiabilidad técnica del etilómetro, demostrar irregularidades en el procedimiento de medición, aplicar márgenes de error técnico que sitúen la tasa por debajo del umbral penal, o negociar una conformidad que evite la pena de privación del derecho a conducir. El análisis de cinco absoluciones consecutivas en casos de alcoholemia demuestra que, con una defensa adecuada, es posible conseguir resultados favorables incluso en casos que inicialmente parecen complicados.
¿Cuánto tarda el juicio por alcoholemia con tasas entre 047-098 mg/L y qué consecuencias tiene?
Los casos de alcoholemia suelen tramitarse por el procedimiento de juicio rápido, celebrándose la vista oral en un plazo de 15-30 días desde el control. Sin embargo, si se solicitan diligencias previas o se plantean cuestiones técnicas complejas, el procedimiento puede alargarse varios meses. Las consecuencias de una condena incluyen penas de prisión de 3-6 meses (generalmente suspendidas para primarios), multa de 6-12 meses, trabajos comunitarios, retirada del carnet de 1-4 años y antecedentes penales que pueden afectar seriamente tu futuro laboral y personal. Una absolución, por el contrario, te permite mantener tu carnet, evitar antecedentes y continuar con tu vida normal sin restricciones.